¿Qué es letra de cambio?

por Val

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La letra de cambio, denominada en nuestro país “giro”, es un documento mercantil que contiene una promesa u obligación de pagar una determinada cantidad de dinero a una convenida fecha de vencimiento. Y constituye una orden escrita, mediante el cual una persona llamada girador, manda a pagar a su orden o a la otra persona llamada

Beneficiario, una cantidad determinada, en una cierta fecha, a una tercera persona llamada girado.

¿Cuáles son sus elementos personales?

Girador Quien da la orden de pago

Girado A quien se le da la orden de pago

Beneficiario Quien recibirá el dinero

¿Cuáles son los elementos legales de la letra de cambio?

La letra de cambio debe contener:

I.- La mención de ser letra de cambio, inserta en el texto del documento;

II.- La expresión del lugar y del día, mes y año en que se suscribe;

III.- La orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de dinero;

IV.- El nombre del girado;

V.- El lugar y la época del pago;

VI.- El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago; y

VII.- La firma del girador o de la persona que suscriba a su ruego o en su nombre.

¿Cómo puede ser girada la letra de cambio?

La letra de cambio puede ser girada:

I.- A la vista;

II.- A cierto tiempo vista;

III.- A cierto tiempo fecha; y

IV.- A día fijo.

Las letras de cambio con otra clase de vencimientos, o con vencimientos sucesivos, se entenderán siempre pagaderas a la vista por la totalidad de la suma que expresen. También se considerará pagadera a la vista, la letra de cambio cuyo vencimiento no esté indicado en el documento.

¿Qué es documento a la vista?

La letra a la vista debe ser presentada para su pago dentro de los seis meses que sigan a su fecha. Cualquiera de los obligados podrá reducir ese plazo, consignándolo así en la letra. En la misma forma el girador podrá, además, ampliarlo, y prohibir la presentación de la letra antes de determinada época.

¿Cuándo estamos ante un documento a la vista?

En un titulo de crédito cuando no se especifica la fecha de vencimiento.

¿Qué son los saneamientos sucesivos?

Por vencimientos sucesivos, se entenderán siempre pagaderas a la vista por la totalidad de la suma que expresen. También se considerará pagadera a la vista, la letra de cambio cuyo vencimiento no esté indicado en el documento.

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