Despachos jurídicos, “coco” de deudores. Tercera parte

por DForce

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Cartas y citatorios apócrifos se han enviado a los deudores en los últimos seis meses por despachos jurídicos, en dichos documentos se advierte que se embargará en un plazo menor a 24 horas, y que podrán efectuar la “ruptura de cerraduras” o incluso aplicar un arresto hasta por 15 días. Esto contraviene el Artículo 17 constitucional, el cual establece que “nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil”. Empleados de despachos y abogados entrevistados aseguran que hay gestores de cobranza que simulan ser funcionarios de juzgados para, de esta forma, ejecutar los embargos con los deudores que desconocen la ley, como le sucedió a Diego. Con esta práctica, los gestores cometen el delito de “usurpación de funciones públicas o de profesión”, según el Artículo 250, del Código Penal Federal, el cual establece también que se sancionará con prisión de uno a seis años y multa de 100 a 300 días, a quien se haga pasar por funcionario público, “se atribuya ese carácter y ejerza alguna de las funciones como tal”.

A su vez, el artículo 282 del mismo código establece que se aplicará sanción de tres días a un año de prisión o de 180 a 360 días de multa, a quien amenace a otro con causarle un mal en su persona, sus bienes, su honor o sus derechos. Los gestores de cobranza también acuden a la casa de los deudores y colocan escritos o calcomanías de colores fosforescentes que aparentan ser requerimientos judiciales.

Pero esto no es todo, Rogelio y Paola sufrieron otro método de cobranza. Él se retraso en el pago de su tarjeta de crédito. A finales de septiembre de 2008 tenía que pagar 3 mil 300 pesos como mínimo, pero sólo pudo pagar 2 mil pesos. Al mes siguiente, su cuenta de nómina, con el mismo banco, registraba una suma menor a la de su quincena. Sin más, el banco se cobró. “Es por los retrasos que presenta su tarjeta de crédito”, fue lo que dijo el banco. Como era de esperarse a la siguiente quincena, la historia se repitió. “Nos dejaron sin ningún centavo, ni para comer”, asegura Paola, su esposa. La solución para evitar esos descuentos fue solicitar a su empresa que cancelara su cuenta de nómina y le pagara con cheque.

La pareja recibió entonces llamadas intimidantes de los despachos, hasta que un domingo, recuerdan, dos gestores se pararon frente a su casa, gritando, “¡Rogelio, paga, paga tu deuda!”
El Artículo 16 constitucional señala que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posiciones, “sino en virtud de mandamiento escrito por la autoridad competente”.

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